El informe ambiental del ACAR pone condiciones al futuro barrio de la Aviación sobre suelo, ruido y tráfico
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| (Foto: Alex Castellano).- |
La Comunidad de Madrid ha emitido el Informe Ambiental Estratégico sobre la vigesimoprimera modificación del Plan General de Ordenación Urbana de Getafe, correspondiente a los terrenos desafectados del Acuartelamiento Aéreo de Getafe (ACAR).
El documento permite continuar la tramitación ambiental del futuro barrio de la Aviación, aunque establece numerosas condiciones que deberán incorporarse al planeamiento y a su posterior desarrollo.
El ámbito tiene una superficie de 209.660 metros cuadrados y está delimitado por la avenida de los Ángeles, la línea de Cercanías C-3, la M-406 y la calle Comadrona Asunción Fernández. Actualmente, los terrenos están ocupados por instalaciones del Ministerio de Defensa y el documento señala que está previsto el cese de las actividades militares en 2028.
La modificación plantea transformar la clasificación actual de los terrenos, que son suelo no urbanizable de protección de redes existentes supramunicipales vinculado a instalaciones de Defensa, en suelo urbano no consolidado. El nuevo ámbito recibe la denominación AA-08 ACAR-Barrio de la Aviación y su desarrollo queda remitido a un Plan Parcial de Reforma Interior.
Hasta 1.600 viviendas y casi 4.000 nuevos habitantes
El planeamiento establece una edificabilidad máxima de 203.851 metros cuadrados, de los que 143.220 metros cuadrados corresponden al uso residencial.
La previsión contempla entre 1.300 y 1.600 viviendas, con un mínimo del 60% de la edificabilidad residencial destinada a vivienda de protección pública. Además, se reserva un 20% de la edificabilidad para usos no residenciales.
El ámbito contará con 41.000 metros cuadrados de Redes Generales de Equipamientos y una superficie mínima de 19.600 metros cuadrados de Red General de Zonas Verdes y Espacios Libres.
La documentación contempla una población estimada de 3.906 habitantes. La Dirección General de Urbanismo advierte de que a esta cifra habrá que añadir los usuarios de los edificios dotacionales vinculados a la Universidad Carlos III de Madrid, cuyo número todavía no está estimado.
El informe señala además que, con 143.220 metros cuadrados de edificabilidad residencial y entre 1.300 y 1.600 viviendas, el tamaño medio resultante se situaría aproximadamente entre 90 y 110 metros cuadrados construidos por vivienda.
La Dirección General de Urbanismo considera necesario que, si el futuro planeamiento de desarrollo modifica sustancialmente las previsiones de población o viviendas utilizadas para el análisis ambiental, deberá repetirse el análisis de los aspectos ambientales afectados.
Tres zonas diferenciadas para organizar el nuevo barrio
La alternativa finalmente seleccionada divide funcionalmente el ámbito en tres grandes zonas. La banda norte, en continuidad con la ciudad existente, se plantea como el espacio preferente para los usos residenciales. La banda central recuperará parte de la estructura del antiguo acuartelamiento y estará destinada a equipamientos y espacios libres. En esta zona está prevista también la integración de la Universidad Carlos III de Madrid.
La banda sur, frente al Paseo John Lennon, se reservará principalmente para actividades al aire libre, usos terciarios, ocio, actividades recreativas y deportivas, funcionando como espacio de transición entre la Base Aérea y el resto del nuevo barrio.
La alternativa escogida pretende conservar parte de la estructura cuartelaria, los elementos singulares existentes y las zonas verdes y arboladas.
Diecinueve zonas con potencial contaminación
Uno de los aspectos que más condicionan el futuro desarrollo es el estado de los terrenos. El informe ambiental recoge que el Informe de situación de la calidad del suelo identifica 19 zonas de potencial contaminación dentro del ámbito.
Por este motivo, antes de aprobar el Plan Parcial de Reforma Interior y una vez demolidas las actuales instalaciones militares, deberá realizarse un Estudio de Caracterización Analítica.
El objetivo será determinar mediante análisis la calidad de los suelos situados tanto en los focos potencialmente contaminados ya identificados como en otros que pudieran aparecer posteriormente. El estudio deberá justificar los puntos de muestreo y el programa de análisis utilizado, además de incorporar cartografía detallada de los posibles focos y comparar los usos actuales con los previstos.
La resolución establece que, si se detectase un nivel de riesgo inaceptable para la población, deberán adoptarse medidas para eliminarlo o reducirlo hasta niveles aceptables, preferentemente mediante un plan de descontaminación.
El ruido ya supera los objetivos para uso residencial
El informe ambiental también pone el foco en la contaminación acústica. El ámbito pasa de una zonificación acústica asociada a usos predominantemente terciarios a una categoría residencial. El estudio acústico presentado durante la tramitación concluye que actualmente se alcanzan niveles sonoros superiores a los objetivos de calidad acústica establecidos para el uso residencial.
La principal fuente de ruido identificada es la carretera M-406, aunque el informe reclama que se tengan en cuenta también los efectos acumulativos del tráfico ferroviario, aeroportuario y de los nuevos usos que se implanten.
El Ayuntamiento deberá determinar qué terrenos son adecuados para viviendas y adoptar las medidas preventivas y correctoras necesarias. Si estas medidas no fueran suficientes para cumplir la legislación acústica, el informe contempla incluso la posibilidad de reducir la superficie destinada a uso residencial.
El futuro Plan Parcial deberá incorporar estudios acústicos y determinar qué usos residenciales pueden situarse en cada parcela. También deberá tenerse en cuenta la ubicación y orientación de los edificios para reducir la exposición al ruido.
En las fachadas más expuestas se recomienda evitar la ubicación de dormitorios y garantizar mediante las carpinterías y el aislamiento acústico que no se superen los niveles permitidos en el interior de las viviendas.
Un Estudio de Tráfico deberá analizar la M-406
El crecimiento previsto obligará a analizar el impacto sobre la movilidad. El informe reclama un Estudio de Tráfico y Movilidad que determine los desplazamientos generados por el nuevo barrio y compruebe la capacidad de absorción del transporte público existente, así como la accesibilidad a las paradas situadas en el entorno.
La Dirección General de Carreteras exige específicamente estudiar el efecto de los nuevos usos sobre la M-406, incluyendo el incremento de tráfico, el funcionamiento de sus tramos, glorietas y accesos y los niveles de servicio.
Si se detectase que la carretera no puede absorber el incremento de tráfico, deberán plantearse las actuaciones necesarias. Los costes de los proyectos, adquisición o disposición del suelo, construcción y mantenimiento de las infraestructuras viarias deberán ser asumidos por los desarrollos urbanísticos correspondientes y/o por el Ayuntamiento.
El informe también identifica el Paseo John Lennon como un actual efecto barrera para la movilidad y reclama soluciones que mejoren la conexión del nuevo ámbito con el resto de Getafe.
La planificación deberá favorecer la conexión con el transporte público, los desplazamientos peatonales y ciclistas, además de contemplar puntos de recarga eléctrica y espacios para servicios de movilidad compartida.
El saneamiento necesitará nuevas actuaciones
El desarrollo también tendrá consecuencias sobre las redes de agua y saneamiento. El Canal de Isabel II considera que los vertidos generados por el futuro ámbito podrán ser depurados en la ampliación de la EDAR Cuenca Baja del Arroyo Culebro.
Sin embargo, si el nuevo barrio se desarrollase antes de que esa ampliación estuviera operativa, deberá consultarse previamente al Canal para comprobar si las instalaciones existentes tienen capacidad suficiente.
La conexión exterior del alcantarillado se realizará en el Colector de Getafe, situado al sur del ámbito. El informe contempla que pueda ser necesario duplicar un tramo del colector, eliminar determinados estrechamientos y regular el caudal de un aliviadero.
Además, la red deberá incorporar Sistemas Urbanos de Drenaje Sostenible (SUDS) y, cuando proceda, tanques de laminación para reducir y regular la llegada de aguas de lluvia al sistema de saneamiento. El planeamiento deberá reservar suelo para un tanque de laminación en el entorno de la plaza Coronel Polanco.
Las zonas verdes deberán utilizar agua regenerada
El informe establece condiciones específicas para el riego de los futuros espacios verdes. No podrán utilizarse redes de agua potable para regar parques y jardines de 1,5 hectáreas o más. Para estas superficies se plantea el uso de fuentes alternativas, preferentemente agua regenerada.
El suministro de agua regenerada se plantea desde la tubería existente en la avenida de Juan de la Cierva, mediante una conexión situada cerca de la intersección con la calle del Aviador de Francisco.
Desde ese punto deberá proyectarse una tubería con un diámetro interior mínimo de 80 milímetros hasta las zonas verdes públicas del nuevo ámbito, dejando preparada la infraestructura para futuras conexiones.
Protección del arbolado existente
El recinto cuenta con zonas ajardinadas y árboles de gran porte. El inventario incluido en la documentación identifica, entre otras especies, plátanos, olmos, cipreses, moreras, abetos y tilos.
El informe obliga a cumplir la legislación madrileña de protección del arbolado urbano y establece medidas para proteger los ejemplares cuya tala no haya sido autorizada durante las obras.
Para las nuevas plantaciones se recomienda combinar diferentes especies, priorizar ejemplares resistentes y de fácil conservación y evitar, cuando sea posible, especies con polinización anemófila que puedan incrementar los problemas relacionados con las alergias.
Ocho pabellones quedan integrados en la protección patrimonial
El antiguo recinto militar cuenta también con protección patrimonial. La modificación incorpora al Catálogo de Bienes y Espacios Protegidos la Ficha número 21, Conjunto del ACAR-Barrio de la Aviación, con protección de conjuntos de grado 2º ambiental.
La protección afecta al espacio central del acuartelamiento, formado por ocho pabellones enfrentados dos a dos, y al trazado de la avenida de los Grandes Vuelos, que atraviesa el recinto de este a oeste y mantiene un eje visual hacia el Cerro de los Ángeles.
Los antiguos pabellones y sus zonas verdes se consideran espacios a mantener. Se permite su rehabilitación para otros usos, pero deberán conservarse su huella volumétrica y elementos singulares de las estructuras, como cerchas y cúpulas.
Además, Patrimonio Cultural exige un estudio exhaustivo de las edificaciones, espacios libres y bienes muebles, con información histórica, fotografías de archivo y actuales y un análisis del estado de conservación.
También deberá realizarse una prospección arqueológica, debido a la sensibilidad de la zona por la existencia de yacimientos en las inmediaciones.
Control de plagas durante las obras y después
El informe incorpora medidas específicas de protección sanitaria frente a posibles plagas urbanas. Se deberá controlar especialmente la posible presencia de flebótomos y de sus reservorios, teniendo en cuenta que Getafe figura junto con Fuenlabrada, Humanes y Leganés entre los municipios objeto de vigilancia de leishmaniosis tras el brote comunitario registrado en 2009.
Durante las obras deberán adoptarse medidas de contención en lugares que puedan servir de refugio, como oquedades, conducciones, drenajes, arbustos, diques de tierra o taludes.
Estas medidas deberán mantenerse posteriormente mediante el adecuado mantenimiento y limpieza de las futuras zonas verdes.
También habrá controles sobre las emisiones electromagnéticas
El informe exige tener en cuenta las instalaciones de telecomunicaciones y eléctricas existentes y futuras, especialmente en los espacios donde puedan permanecer personas habitualmente.
Se deberán considerar de forma específica los llamados espacios sensibles, entre ellos guarderías, centros educativos, centros sanitarios, residencias, centros geriátricos y parques públicos.
Además, se deberán analizar los posibles efectos acumulativos de las diferentes instalaciones emisoras, incluyendo las vinculadas a la Base Aérea de Getafe.
La red eléctrica deberá soterrarse cuando sea necesario
Las líneas eléctricas aéreas de alta y baja tensión existentes dentro del ámbito deberán pasar a ser subterráneas o modificar su trazado cuando sea posible.
El objetivo es evitar situaciones de riesgo durante las obras y en la futura urbanización. Si las nuevas infraestructuras no respetasen las distancias mínimas respecto a las redes existentes, deberán tramitarse los correspondientes expedientes para su soterramiento o retranqueo.
La M-406 y una vía pecuaria condicionan el ámbito
Los terrenos son colindantes por el sur con la M-406, que coincide en este tramo con la Vereda de Leganés a Perales del Río.
La planificación deberá garantizar que la urbanización no impida ni dificulte los usos legalmente establecidos de esta vía pecuaria. Las infraestructuras lineales deberán situarse, con carácter general, fuera del dominio público pecuario y cualquier cruce o afección deberá contar con autorización.
El desarrollo deberá incorporar medidas frente al cambio climático
El informe obliga a incorporar medidas de adaptación y resiliencia frente al cambio climático. La documentación deberá contemplar actuaciones destinadas a compensar las emisiones de gases de efecto invernadero generadas por el desarrollo urbanístico y deberá incorporar medidas generales y específicas de protección ambiental.
También se establece que el seguimiento ambiental del futuro plan deberá mantenerse durante su ejecución, con informes sobre el cumplimiento de las condiciones establecidas.
La resolución no aprueba todavía el nuevo barrio
La Comunidad de Madrid concluye que, de acuerdo con los criterios de la Ley 21/2013, no aprecia efectos significativos sobre el medio ambiente derivados de la modificación puntual, al no afectar el ámbito a espacios naturales protegidos, espacios Natura 2000, hábitats naturales o montes sometidos a régimen especial.
No obstante, la propia resolución precisa que el informe ambiental se refiere exclusivamente a los aspectos ambientales y no supone por sí mismo la aprobación urbanística definitiva del desarrollo.
Los condicionantes deberán incorporarse a la modificación puntual, especialmente en la normativa urbanística, los planos de ordenación y el estudio económico. El Ayuntamiento deberá verificar su cumplimiento antes de continuar con la tramitación.
La resolución ambiental tendrá una vigencia de cinco años desde su publicación. Si dentro de ese plazo no se hubiera procedido a la aprobación del plan, perderá su vigencia y deberá iniciarse nuevamente el procedimiento de evaluación ambiental estratégica simplificada.
