La sección nº 26 de la Audiencia Provincial de Madrid ha confirmado la condena a tres meses de prisión a un hombre que propinó un bofetón a su pareja en una calle de Getafe, siendo autor de un delito de malos tratos en el ámbito familiar, según la sentencia a la que ha tenido acceso EPG.
De este modo, ha desestimado el recurso contra la sentencia del Juzgado Penal nº 2 de Getafe que consideró probado que en la madrugada del 27 de mayo de 2019, el hombre se encontraba junto a su pareja sentimental en una avenida de Getafe cuando se inició una discusión entre ambos.
Entonces, el acusado, “con intención de menoscabar la integridad de la mujer, le propinó un bofetón en el rostro, extremo que fue observado a escasa distancia por agentes del Cuerpo Nacional de Policía, aunque no consta acreditado que como consecuencia de dicha agresión sufriera lesión alguna”.
Por ello, también ha sido condenado a la pena de prohibición de aproximación al domicilio o lugar de trabajo de su pareja a una distancia inferior a 200 metros, por un periodo de un año y tres meses, así como a no comunicarse con ella durante ese tiempo por cualquier medio.
Según la sentencia, los dos agentes de la Policía nacional declararon que “circulaban por la calle y vieron a una pareja que discutía y, cuando aparcaron su vehículo y se dirigían hacia ellos, vieron como el hombre golpeó en la cara a la mujer”.
Por ello, el tribunal considera que no hay dos versiones de los hechos, contando con “la versión coincidente de los dos agentes de Policía sobre lo que ven, que es la acción del acusado con intención de menoscabar la integridad física de su pareja”.