El Ayuntamiento ordena desmontar una estación base de telefonía móvil instalada sin licencia
La demolición deberá efectuarse en el plazo de un mes, bajo dirección facultativa de un técnico competente, y comprenderá la retirada de una torre de 30 metros de altura que soporta un conjunto de antenas, el contenedor que aloja los equipos de telecomunicaciones y demás equipos auxiliares, como cableado coaxial, conducciones eléctricas y telefónicas, equipos de climatización y anclajes.
Las obras de demolición y retirada deberán dejar la parcela afectada en adecuadas condiciones de seguridad y deberán restituirla al estado anterior a la comisión de la infracción urbanística, según el acta de la Junta de Gobierno local a la que ha tenido acceso Europa Press.
Este acuerdo de demolición se fundamenta en lo dispuesto en la Ley del Suelo de la Comunidad de Madrid, al incumplir el planeamiento vigente en varios aspectos que motivaron la resolución del 14 de febrero de 2018 por la que se denegó la licencia de instalación y actividad, y que por sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº24 de Madrid del pasado 31 de enero se ha declarado conforme a derecho.
Todo ello motiva que deba calificarse de grave la infracción cometida, ya que la parcela 150 del polígono 27 donde se ubica la instalación, se encuentra dentro del ámbito de desarrollo del Plan de Sectorización con ordenación pormenorizada del parque empresarial La Carpetania II.
En este sentido, se pretendía la instalación de una estación base al margen de las determinaciones estructurantes y de las previsiones del instrumento de planificación urbanística, dado que la parcela donde se ubica actualmente la estación base está calificada como Red General de Espacio Libre Público, al que le es de aplicación la zona ordenanza de espacios libres y zonas verdes del Plan General de Ordenación Urbana.
El Ayuntamiento advierte de que en caso de incumplimiento de la orden de desmontaje procederá a su ejecución subsidiaria y podrá dar lugar a la incoación del correspondiente expediente sancionador con la imposición de la sanción que proceda.
El Ayuntamiento de Getafe ha ordenado desmontar una estación base de telefonía móvil instalada sin licencia de actividad y obra, así como la suspensión definitiva de los usos a que da lugar.
La demolición deberá efectuarse en el plazo de un mes, bajo dirección facultativa de un técnico competente, y comprenderá la retirada de una torre de 30 metros de altura que soporta un conjunto de antenas, el contenedor que aloja los equipos de telecomunicaciones y demás equipos auxiliares, como cableado coaxial, conducciones eléctricas y telefónicas, equipos de climatización y anclajes.
Las obras de demolición y retirada deberán dejar la parcela afectada en adecuadas condiciones de seguridad y deberán restituirla al estado anterior a la comisión de la infracción urbanística, según el acta de la Junta de Gobierno local a la que ha tenido acceso Europa Press.
Este acuerdo de demolición se fundamenta en lo dispuesto en la Ley del Suelo de la Comunidad de Madrid, al incumplir el planeamiento vigente en varios aspectos que motivaron la resolución del 14 de febrero de 2018 por la que se denegó la licencia de instalación y actividad, y que por sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº24 de Madrid del pasado 31 de enero se ha declarado conforme a derecho.
Todo ello motiva que deba calificarse de grave la infracción cometida, ya que la parcela 150 del polígono 27 donde se ubica la instalación, se encuentra dentro del ámbito de desarrollo del Plan de Sectorización con ordenación pormenorizada del parque empresarial La Carpetania II.
En este sentido, se pretendía la instalación de una estación base al margen de las determinaciones estructurantes y de las previsiones del instrumento de planificación urbanística, dado que la parcela donde se ubica actualmente la estación base está calificada como Red General de Espacio Libre Público, al que le es de aplicación la zona ordenanza de espacios libres y zonas verdes del Plan General de Ordenación Urbana.
El Ayuntamiento advierte de que en caso de incumplimiento de la orden de desmontaje procederá a su ejecución subsidiaria y podrá dar lugar a la incoación del correspondiente expediente sancionador con la imposición de la sanción que proceda.