Aprobada una subida salarial del 1,75% para los empleados municipales prevista en los presupuestos del Estado
De este modo, se ha modificado la Relación de Puestos de Trabajo del Ayuntamiento y de la Agencia Local de Empleo y Formación (ALEF) en lo que se refiere a las retribuciones del personal funcionario, laboral y eventual, mediante la incorporación de un incremento del 1,5% más un 0,25% adicional.
La Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018, autoriza un aumento del 1,5 por ciento de las retribuciones del personal del Sector Público, con efectos de 1 de enero de 2018. Además, establece un incremento adicional del 0,25 por ciento, con efectos de 1 de julio de 2018, para el supuesto de que el incremento del Producto Interior Bruto (PIB) a precios constantes en 2017 alcance o supere el 3,1 por ciento.
Por otra parte, esta Ley fija las cuantías de las retribuciones del sector público estatal en las que sólo se refleja el incremento del 1,5 por ciento, pero no las que se derivan del porcentaje adicional de incremento, que estaba supeditado al cumplimiento de las condiciones que señala la Ley y a su aprobación por el Consejo de Ministros, lo que se produjo con fecha 13 de julio de 2018.
El Gobierno local ha aprobado una subida salarial del 1,75% para los empleados municipales, con efectos desde el pasado 1 de enero, previsto en la ley de Presupuestos Generales del Estado de 2018.
De este modo, se ha modificado la Relación de Puestos de Trabajo del Ayuntamiento y de la Agencia Local de Empleo y Formación (ALEF) en lo que se refiere a las retribuciones del personal funcionario, laboral y eventual, mediante la incorporación de un incremento del 1,5% más un 0,25% adicional.
La Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018, autoriza un aumento del 1,5 por ciento de las retribuciones del personal del Sector Público, con efectos de 1 de enero de 2018. Además, establece un incremento adicional del 0,25 por ciento, con efectos de 1 de julio de 2018, para el supuesto de que el incremento del Producto Interior Bruto (PIB) a precios constantes en 2017 alcance o supere el 3,1 por ciento.
Por otra parte, esta Ley fija las cuantías de las retribuciones del sector público estatal en las que sólo se refleja el incremento del 1,5 por ciento, pero no las que se derivan del porcentaje adicional de incremento, que estaba supeditado al cumplimiento de las condiciones que señala la Ley y a su aprobación por el Consejo de Ministros, lo que se produjo con fecha 13 de julio de 2018.