El TSJM rechaza un recurso contra la Comunidad de Madrid por daños en una vivienda a causa del Metrosur
Los vecinos interpusieron el recurso contencioso administrativo contra la desestimación, por silencio administrativo de la Comunidad de Madrid, del recurso de reposición contra la resolución de 2013 mediante la que se inadmitió, por extemporánea, al haber prescrito la acción, la reclamación de responsabilidad patrimonial formulada en 2012 para la indemnización de los daños y perjuicios causados en la vivienda a consecuencia de las obras del túnel de Metrosur y del funcionamiento del mismo.
Los recurrentes alegan en la demanda que, desde la construcción del túnel de la obra de Metrosur, aparecieron daños en las viviendas ubicadas encima del mismo, entre ellas la de su propiedad, parte de los cuales se indemnizaron en 2003 por la empresa Ferrovial, que abonó a los demandantes 9.000 euros para la reparación de grietas y desperfectos.
Sin embargo, en los años 2005 y 2007 aparecieron nuevos daños provocados, no sólo por las obras de construcción del túnel del metro, sino también por las vibraciones causadas por el paso de los trenes, daños que atribuyen a la falta de adopción de las medidas preventivas de protección de las viviendas, de manera que con posterioridad se han seguido produciendo de forma continuada, hasta el punto de que en 2010 el propio Ayuntamiento solicitó a MINTRA una solución definitiva.
El tribunal considera evidente que el recurso se formuló fuera del plazo legal y que se impugnó en reposición un acto que ya había quedado firme consentido, por lo que declara la inadmisibilidad del presente recurso contencioso administrativo, sin que haya lugar a entrar en el examen y decisión de las cuestiones litigiosas de fondo.
Los afectados querían que se declarase que los daños expuestos son causados por una mala ejecución de las obras de Metrosur y que se condenase a la Comunidad de Madrid a reparar la estructura de cimentación mediante micropilotaje metálicos atados con vigas riostras debidamente armadas de superficie, sólidamente afianzados a las estructuras de muros existentes en la vivienda, o mediante cualquier otra técnica arquitectónica más adecuada.
También que se condene a reparar todos los daños, entre otros, pintado, alicatado y saneado de vivienda y zonas de interiores, sustitución de ladrillo visto y enfoscados exteriores, saneado de grietas con mortero de reparación, revestimiento tipo mortero monocapa, reparación de pavimentos de escalinata de acceso y vestíbulo exterior de la vivienda.
Asimismo, requerían el pago de una indemnización por daños morales en la cuantía en la que estime el tribunal, en la que debe apreciarse incrementos de consumo de luz o inhabitabilidad de la vivienda.
La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha rechazado el recurso de los propietarios de un chalé de Getafe contra la Comunidad de Madrid por daños producidos por Metrosur.
Los vecinos interpusieron el recurso contencioso administrativo contra la desestimación, por silencio administrativo de la Comunidad de Madrid, del recurso de reposición contra la resolución de 2013 mediante la que se inadmitió, por extemporánea, al haber prescrito la acción, la reclamación de responsabilidad patrimonial formulada en 2012 para la indemnización de los daños y perjuicios causados en la vivienda a consecuencia de las obras del túnel de Metrosur y del funcionamiento del mismo.
Los recurrentes alegan en la demanda que, desde la construcción del túnel de la obra de Metrosur, aparecieron daños en las viviendas ubicadas encima del mismo, entre ellas la de su propiedad, parte de los cuales se indemnizaron en 2003 por la empresa Ferrovial, que abonó a los demandantes 9.000 euros para la reparación de grietas y desperfectos.
Sin embargo, en los años 2005 y 2007 aparecieron nuevos daños provocados, no sólo por las obras de construcción del túnel del metro, sino también por las vibraciones causadas por el paso de los trenes, daños que atribuyen a la falta de adopción de las medidas preventivas de protección de las viviendas, de manera que con posterioridad se han seguido produciendo de forma continuada, hasta el punto de que en 2010 el propio Ayuntamiento solicitó a MINTRA una solución definitiva.
El tribunal considera evidente que el recurso se formuló fuera del plazo legal y que se impugnó en reposición un acto que ya había quedado firme consentido, por lo que declara la inadmisibilidad del presente recurso contencioso administrativo, sin que haya lugar a entrar en el examen y decisión de las cuestiones litigiosas de fondo.
Los afectados querían que se declarase que los daños expuestos son causados por una mala ejecución de las obras de Metrosur y que se condenase a la Comunidad de Madrid a reparar la estructura de cimentación mediante micropilotaje metálicos atados con vigas riostras debidamente armadas de superficie, sólidamente afianzados a las estructuras de muros existentes en la vivienda, o mediante cualquier otra técnica arquitectónica más adecuada.
También que se condene a reparar todos los daños, entre otros, pintado, alicatado y saneado de vivienda y zonas de interiores, sustitución de ladrillo visto y enfoscados exteriores, saneado de grietas con mortero de reparación, revestimiento tipo mortero monocapa, reparación de pavimentos de escalinata de acceso y vestíbulo exterior de la vivienda.
Asimismo, requerían el pago de una indemnización por daños morales en la cuantía en la que estime el tribunal, en la que debe apreciarse incrementos de consumo de luz o inhabitabilidad de la vivienda.