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Trece vallas publicitarias sancionadas en un mes

Ascienden a trece las vallas publicitarias ilegales sobre las que el Ayuntamiento actuó en el último mes 


El Ayuntamiento de Getafe ha iniciado los trámites en el último mes para sancionar y retirar trece vallas publicitarias ilegales en el barrio de El Bercial, tras aprobarse en tres juntas de gobierno locales.


En la última Junta de Gobierno local celebrada esta semana se ha acordado iniciar el procedimiento de recuperación del espacio ocupado por tres vallas publicitarias sin autorización situadas en este barrio.

Por ello, el Ayuntamiento ha concedido trámite de audiencia a las tres empresas responsables por plazo de 10 días a contar desde el siguiente a la recepción de la notificación de este acuerdo, pudiendo en dicho plazo alegar y presentar los documentos y justificaciones que estimen oportunos.

La pasada semana se inició procedimiento de recuperación de otras 8 vallas publicitarias ubicadas en zona verde (una valla), en parcelas de equipamiento docente (cinco vallas) y en parcela de equipamiento deportivo (dos vallas) del P.A.U.-2. “El Bercial Universidad”, ocupando el espacio público sin título habilitante para ello por parte de una empresa.


El mismo proceso se aprobó el pasado 11 de abril para la recuperación del espacio público donde se encuentran instaladas dos vallas en zona verde de El Bercial que no cuentan con el permiso municipal.

Este proceso supone, además de la obligación de su retirada y de la sanción por su instalación sin las licencias necesarias, una indemnización al Ayuntamiento por el lucro que la empresa ha estado obteniendo mientras ha tenido expuestas estas vallas de forma irregular

La ordenanza municipal reguladora de publicidad exterior establece como una infracción grave la instalación de carteleras sin licencia municipal con multas de hasta 18.000 euros y el Ayuntamiento podrá disponer el desmontaje o retirada de las vallas con reposición de las cosas al estado anterior la comisión de la infracción.


Además, podrá ordenar al infractor que proceda a su retirada, debiendo cumplirse la orden de desmontaje por parte de los interesados en el plazo de ocho días, aunque en caso de incumplimiento, los servicios municipales procederán a la ejecución sustitutoria a costa de los obligados, que deberán abonar los gastos de desmontaje, transporte y almacenaje.


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