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Aprueban pagar 40.800€ a una comunidad de propietarios

El Ayuntamiento aprueba pagar 40.800 euros a una comunidad de propietarios por daños en un aparcamiento


El Gobierno municipal ha aprobado ejecutar una sentencia de enero de 2015 del Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 28 de Madrid, ratificada por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid hace cuatro meses, que le obliga a pagar 40.800 euros a una comunidad de propietarios del barrio de Juan de la Cierva por causar daños en una aparcamiento subterráneo.


Asimismo, se ha acordado reconocer la obligación relativa a intereses moratorios por importe de 1.539 euros tras perder el Ayuntamiento el juicio en primera instancia, tras la demanda presentada en 2012 por la comunidad de propietarios, y ser rechazado el recurso que interpuso en el Tribunal Superior de Justicia de Madrid por los daños ocasionados por filtraciones de agua en el aparcamiento.

Según el informe del perito, las deficiencias detectadas en superficie en la acera y jardinera son, “a todas luces”, la causantes de las humedades y el deterioro de materiales y vehículos en el aparcamiento.


Además, el TSJM considera relevante en relación con la actuación de la Administración, el borrador de convenio de colaboración de 2006 entre el Ayuntamiento y la comunidad de propietarios en el que se dice que “dada la confluencia de interés que afectan a la zona pública y privada, por cuanto se pretende acondicionar el aparcamiento, el acerado perimetral y supresión de parterres, se llega al presente convenio de colaboración, con la participación de ambas partes en los costes del proyecto dirigido y ejecutado por el Ayuntamiento”.

Además, se contempla el porcentaje de distribución de los costes en el citado proyecto, estableciéndose un 64,89% para el Ayuntamiento y un 35,11% para los propietarios, constando igualmente el expediente de contratación que se tramitó en el Ayuntamiento para el acondicionamiento del aparcamiento y la reparación de la zona peatonal, que finalmente no llegó a aprobarse y consiguientemente a ejecutarse, para que se hubiera dado mejor solución al problema del que derivan los daños.


Según la sentencia, la impermeabilización de las jardineras ha podido verse afectada por la vegetación que en su día plantó el Ayuntamiento, así como el mantenimiento de la misma que se realizaba por esta Administración, por lo que queda establecido el nexo causal entre dicha actuación y los daños producidos. “El Ayuntamiento plantó la vegetación y mantuvo las jardineras causantes de las humedades”, apostilla.

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