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URBANISMO

El Ayuntamiento ordena demoler la ampliación de dos chalés contiguos por infracción urbanística



Álex Castellano
Barrio del Sector III

El Ayuntamiento de Getafe ha aprobado en la última Junta de Gobierno local la demolición de las obras de ampliación de dormitorios en dos chalés contiguos, situados en la calle Azurita del barrio del Sector III, por infracción urbanística al realizar las obras sin licencia municipal.




La Junta de Gobierno ha desestimado las alegaciones presentadas por los propietarios en un caso que fue denunciado por la Policía local en marzo de 2012 cuando observaron que varios obreros estaban realizando labores de albañilería consistentes en la ampliación de la terraza de la primera planta justo encima de los garajes de las dos viviendas unifamiliares.
Un informe de la Unidad Administrativa de Licencias, Disciplina Urbanística e Inspección Urbanística reafirmó que se había procedido a realizar el cerramiento de la terraza situada en la planta primera de los chalés.
Las demoliciones deberán efectuarse en el plazo de un mes bajo la dirección facultativa de un técnico competente y comprenderá la ampliación de la vivienda realizada en la planta primera en la fachada principal, constituida por un cuerpo de edificación cubierto y cerrado con una superficie total construida de 13 metros cuadrados y destinado a la ampliación de un dormitorio.
Las obras de demolición deberán dejar la edificación afectada en adecuadas condiciones de seguridad y deberá restituirse al estado anterior a la comisión de la infracción urbanística.
Este acuerdo de demolición se fundamenta en lo dispuesto en varios artículos de la Ley del Suelo de la Comunidad de Madrid, al ser las obras ilegalizables por incumplir el planeamiento vigente, calificándose de grave la infracción cometida.
Además, en una de las viviendas ya se habían realizado ampliaciones de superficie en la planta baja, como un trastero adosado al cerramiento de la parcela en el lindero posterior de la finca, ampliándose también la pieza destinada a cocina en el patio trasero, y el vestíbulo a través de la fachada principal.
Con estas actuaciones, sin tener en cuenta la ampliación de la planta primera, se sobrepasa la superficie edificada en 13,60 metros cuadrados y con la ampliación se supera en 26,60 metros, mientras que se sobrepasa la superficie ocupada permitida en casi 30 metros cuadrados.
En el otro caso, las obras de ampliación realizadas sobrepasan la superficie edificada permitida en 10 metros cuadrados y, con anterioridad a esta ampliación, se modificó la planta bajo cubierta y la envolvente de la cubierta mediante buhardillas, incumpliendo el PGOU.
La Junta de Gobierno ha advertido de que, en caso de incumplimiento de la orden de demolición, el Ayuntamiento procederá a su ejecución subsidiaria a cargo de los propietarios, lo que podría dar lugar a la incoación del correspondiente expediente sancionador.

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