El Tribunal de Contratación Pública suspende cautelarmente la licitación del alumbrado decorativo de las fiestas locales
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| (Foto: Alex Castellano).- |
El Tribunal Administrativo de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid ha acordado la adopción de medidas cautelares de suspensión del procedimiento de licitación del contrato denominado “Servicio de suministro, instalación y mantenimiento del alumbrado decorativo y ornamental de los espacios públicos de Getafe durante las fiestas locales”.
Una empresa ha interpuesto recurso especial en materia de contratación contra los pliegos del procedimiento de licitación, que fueron publicados el 20 de marzo de 2026 con un presupuesto de 126.499 euros, solicitando que se acordara la medida cautelar de suspensión del procedimiento de contratación, en base a lo establecido en el artículo 49.1 LCSP “con la finalidad de corregir infracciones detectadas e impedir que se causen otros perjuicios a los intereses afectados”.
Según la jurisprudencia del Tribunal Supremo, la adopción de la medida cautelar exige que el recurso pueda perder su finalidad legítima, lo que significa que, de ejecutarse el acto, se crearían situaciones jurídicas irreversibles haciendo ineficaz la sentencia (en este caso resolución) que se dicte, e imposibilitando el cumplimiento de la misma en sus propios términos, con merma del principio de identidad.
El Tribunal considera conveniente adoptar la medida cautelar de suspensión del procedimiento de licitación una vez ha finalizado el plazo de presentación de ofertas. Así, con la suspensión de la tramitación del expediente de contratación en este supuesto se trata de evitar la posibilidad de causar perjuicios a los interesados afectados.
La suspensión del procedimiento de licitación del contrato se mantendrá hasta que se resuelva el recurso y se acuerde expresamente el levantamiento de la suspensión.
