Absuelto el procesado por un intento de homicidio en Getafe al no quedar acreditado que fuera el autor
La Audiencia Provincial de Madrid ha absuelto al acusado de un delito de homicidio en grado de tentativa y otro delito de lesiones agravadas en 2024 en una calle de Getafe, por los que el fiscal solicitaba una pena de 15 años de prisión, al no quedar acreditado que fuera el autor.
Según la sentencia, que puede ser recurrida en el Tribunal Supremo, el acusado y la víctima mantuvieron una discusión cuando se encontraban en compañía de otras personas en el exterior de una discoteca, y tras dicho incidente la víctima abandonó el lugar.
Posteriormente, cuando se encontraba sentado en un banco en compañía de otra persona, en la misma calle de la discoteca, una “persona desconocida se aproximó a ellos por la espalda y de forma sorpresiva le atacó con un puñal que le clavó en la espalda, ocasionándole una perforación de la pleura, afectando al pulmón izquierdo, habiendo dirigido dicho ataque hacia zonas vitales del cuerpo humano, pudiendo haberle causado la muerte de no haber recibido asistencia sanitaria urgente”.
A continuación, y con la intención de menoscabar su integridad física, acometió con el mismo arma contra la persona que le acompañaba, clavándoselo en el hombro derecho.
El Tribunal considera que no ha resultado probado, en los términos de certeza que exige el principio de presunción de inocencia, si fue el procesado la persona que asestó las puñaladas a los dos perjudicados, ni que portara un cuchillo, ni la decisión de agredir a los perjudicados con un arma blanca.
Al respecto, en el acto del juicio oral el único testigo que supuestamente había visto al autor del ataque, y que también resultó lesionado, “no identificó al procesado como la persona que llevara un arma blanca, ni la persona que realizó el ataque”.