Aprobada definitivamente la modificación de la ordenanza del IBI sobre tipos de gravamen y bonificaciones
El Ayuntamiento de Getafe ha aprobado definitivamente la modificación de varios artículos de la ordenanza reguladora del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) en relación a tipos de gravamen y bonificaciones, al no haberse presentado reclamaciones en el período de exposición pública, según ha publicado este jueves el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.
Así, el tipo de gravamen del 1,066 por cien, que se aplica a los bienes inmuebles de uso comercial con un valor catastral a partir de 200.399 euros, pasa a 206.447 euros, mientras que los de uso religioso con un tipo de gravamen de 0,8 por cien con valor catastral igual o mayor a 3 millones de euros pasa a 5,8 millones euros, al igual que los culturales.
Además, desaparece el apartado referido a los bienes inmuebles de uso almacén y estacionamiento, que tenían un tipo de gravamen del 0,8 por cien para valores catastrales iguales o mayores a 2 millones de euros.
En cuanto a la bonificación del 10% en la cuota íntegra del impuesto para los inmuebles que hayan instalado puntos de recarga para vehículos eléctricos, durante los 4 primeros años siguientes a su instalación (en aplicación del art. 74.7 RDL 2/2024), se ha suprimido la no afectación a las solicitudes que se presenten con anterioridad a su entrada en vigor.
También se ha suprimido supeditar al correcto mantenimiento y funcionamiento de las instalaciones la bonificación del 30% en la cuota íntegra del impuesto, durante los 4 primeros años siguientes a su instalación en los inmuebles con sistemas para el aprovechamiento térmico y eléctrico de la energía solar, lo que debía acreditarse por el beneficiario en el mes de enero de cada ejercicio fiscal en el que tenía que aplicarse.