Adjudicado el contrato de teleasistencia para personas que no tengan reconocida la situación de dependencia
La Mesa de Contratación del Ayuntamiento de Getafe ha adjudicado un servicio para atender mediante teleasistencia durante dos años a personas que no tengan reconocida la situación de dependencia, según el acta al que ha tenido acceso EPG.
La adjudicación se ha producido con una baja del 41,63% con respecto al presupuesto base de licitación que era cercano al medio millón de euros.
Se han establecido mecanismos para realizar un seguimiento pormenorizado de la ejecución del contrato,
con el objetivo de garantizar la correcta ejecución del mismo sin que se produzca una merma en la calidad de los servicios, en tanto que “se trata de una empresa que ha estado incursa en presunción de anormalidad”.
Por ello, se harán llamadas telefónicas mensuales de forma aleatoria a 2 usuarios del servicio por parte de la unidad administrativa de Servicios Sociales para conocer el grado de satisfacción de servicio prestado por parte de la empresa.
La teleasistencia es una modalidad técnica de atención domiciliaria que tiene por objetivo potenciar la autonomía del usuario en su propio entorno, en casos de enfermedad y aislamiento, mediante unos dispositivos de alarma que se pueden utilizar en caso de necesidad.
Consta de un equipamiento de comunicaciones e informático específico, situado una parte en el domicilio del usuario y otra en un centro de atención, dotado del soporte tecnológico y de los recursos humanos necesarios para la prestación del servicio.
Los servicios sociales municipales son quienes comunican a la empresa adjudicataria los usuarios que pueden beneficiarse de la teleasistencia, cuyos dispositivos se tendrán que instalar en los domicilios en un plazo de quince días.
Además, la empresa adjudicataria debe exigir a su personal la firma de un compromiso de confidencialidad y secreto respecto a los datos de carácter personal a los que tengan acceso con ocasión de la realización del servicio, y se responsabiliza de la adecuada custodia de la documentación que contenga esos datos, debiendo ser destruida tras la finalización del contrato.