El Ayuntamiento recurre la sentencia que declaró improcedente el despido de la coordinadora de un centro cívico
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Foto: (Alex Castellano) |
El Ayuntamiento de Getafe ha recurrido la sentencia que declaró improcedente el despido de la coordinadora del centro cívico de San Isidro, según ha informado la sección sindical de CCOO este martes en un comunicado.
El sindicato ha lamentado que no se va a producir la readmisión de la trabajadora y que se ha recurrido la sentencia, “pese a las múltiples muestras de solidaridad que la trabajadora despedida ha estado recibiendo desde que se supiera que la justicia había declarado improcedente su despido”.
A su juicio, para el Gobierno municipal “no ha sido suficiente con despedir improcedentemente a la trabajadora Angeles Guindel, sino que tras la sentencia que declara ese despido como improcedente, en lugar de asumir la injusticia y subsanar el error, readmitiendo a la coordinadora, decide recurrir la sentencia y retrasar con ello el pago de la indemnización por lo que, tras ocho meses sin trabajo, la coordinadora despedida se encuentra sin empleo y sin indemnización”.
Por ello, han apelado a la segunda teniente de alcalde y concejala de Feminismos y Agenda 2030, Alba Leo, “que se define, entre otras cosas como madre y feminista, para que se proceda a la readmisión de Ángeles Guindel, que tambien es madre y feminista y que ha sido despedida improcedentemente”.
Además, han apelado a la alcaldesa Sara Hernández, “que también se define como feminista, para que atienda todas las muestras de solidaridad y de cariño mostradas desde multitud de secciones sindicales asociaciones y partidos políticos, que solicitan la protección a la clase trabajadora y que no se juegue con el dinero de la ciudadanía en recursos y procesos judiciales innecesarios”.
Por último, han recodado la sentencia de primera instancia en la que “la justicia entiende que el Ayuntamiento debió proceder como manda la norma y ofrecer a la trabajadora un contrato de interinidad para la cobertura de vacante consecutivamente a la finalización de su contrato de relevo, en lugar de proceder a la extinción definitiva de la relación laboral”.