El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha anulado una sanción de 260.000 euros impuesta por el Ayuntamiento de Getafe a una empresa por el Impuesto de Actividades Económicas (IAE), según la sentencia a la que ha tenido acceso Europa Press.
El TSJM ha estimado el recurso interpuesto por la empresa contra la sentencia del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 22 de Madrid de fecha 30 de julio de 2018, anulando la resolución sancionadora derivada del acta de disconformidad en relación con el IAE de los ejercicios 2010 a 2014.
La resolución sancionadora deriva del acta de conformidad de Inspección para regularizar la situación tributaria de la empresa respecto al IAE que fijó una liquidación de 496.358,12 euros, intereses de demora incluidos, al haberse incluido las actividades realizadas en un epígrafe incorrecto, más ventajoso desde el punto de vista tributario.
La liquidación fue objeto de impugnación y el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 2 de Madrid estimó parcialmente el recurso, apreciando la prescripción de la liquidación respecto al ejercicio 2010, por lo que “no es correcta la aseveración del juez a quo de que la liquidación fue confirmada en vía judicial”.
Según el TSJM, la anulación de la liquidación conlleva también la de la resolución sancionadora posterior, así que “procede la estimación del recurso de apelación, anulando con ello la sentencia de instancia y el acuerdo sancionador impugnado”.