La Audiencia Provincial de Madrid ha ratificado la condena de un año de prisión para un hombre por quebrantamiento en repetidas ocasiones de la orden de alejamiento de su expareja dictada por el Juzgado de Violencia sobre la Mujer nº 1 de Getafe.
De esta forma, se ha desestimado el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia de 18 de marzo de 2019, dictada por el Juzgado Penal nº 5 de Getafe, por un delito continuado de quebrantamiento de condena con la concurrencia de agravante de reincidencia.
Según la sentencia, a la que ha tenido acceso EPG, el hombre se acercó en tres ocasiones a menos de 500 metros de su expareja, dos de ellas en las inmediaciones de su vivienda en Getafe y una tercera en su lugar de trabajo.
El acusado alegó la falta del elemento subjetivo del delito, que se basa en que no tenía voluntad de quebrantar porque su intención no era acercarse a la víctima, ni conocía la distancia exacta a la que se encontraba el centro de trabajo.
Sin embargo, el tribunal considera que se comete el delito aunque el acusado no quisiera acercarse a la víctima que, “si bien en algún caso se puede cuestionar si no estando su expareja en el lugar de trabajo el acusado se puede o no acercar, en el caso de autos de forma expresa se especifica que aunque la mujer no esté no se puede acercar el acusado”.
Asimismo, en la sentencia, que no es firme, se señala que el hombre “era plenamente consciente de que estaba en una zona en la que tenía una prohibición de estar”.