El Ayuntamiento aprueba el pago de cinco facturas pendientes por el servicio de Respiro Familiar
Para ello, se ha procedido a un reajuste de anualidades, ya que estaban presupuestados 5.000 euros para el año 2017 y 70.000 euros para 2018, autorizando ahora que el gasto de 75.000 euros sea en 2019.
Además, se han convalidado las actuaciones efectuadas por el contratista sin haberse llevado a cabo el reajuste de anualidades, correspondientes a cinco facturas entre diciembre de 2018 y abril de este año, que ascienden a cerca de 2.000 euros, según el acta de la Junta de Gobierno local al que ha tenido acceso EPG.
El pasado mes de mayo, el Ayuntamiento rechazó la suspensión del contrato de Respiro Familiar al no haber transcurrido el plazo de cuatro meses de demora en el pago por lo que, en el caso de que la empresa iniciara la suspensión, se llevarían a cabo las acciones oportunas para la exigencia de responsabilidades.
El Ayuntamiento adjudicó el pasado verano este servicio que ofrece las funciones de vigilancia, acompañamiento y atención personal básica a personas dependientes.
El objetivo es ofrecer apoyo a la movilidad dentro del hogar, apoyo a la higiene y cuidado personal, así como apoyo en la comida si es necesario, facilitando la permanencia en el entorno familiar de la persona dependiente o con discapacidad intelectual.
Este servicio consiste en una bolsa anual de horas a cada familia, durante el fin de semana, ofreciéndose los viernes de 15 a 21 horas, y los sábados y domingos de 9 a 21 horas.
Las distintas modalidades que se ofrecen son la mensual, disponiendo la familia de 36 a 48 horas anuales que se utilizarán una vez al mes, en bloques de 3 a 4 horas, aunque también pueden optar al respiro quincenal, donde existe una bolsa de 72 a 96 horas anuales, que se utilizarán una vez cada 15 días, en bloques de 3 o 4 horas.
Por último, pueden optar al respiro puntual-extraordinario, con un máximo de 16 horas anuales, con una duración máxima de 8 horas, en este caso, cualquier día de la semana, para la asistencia a acontecimientos sociales o familiares.
El Ayuntamiento de Getafe ha aprobado el pago de cinco facturas pendientes a la adjudicataria del servicio de Respiro Familiar para cuidadores de personas dependientes que pretendía suspender el contrato por demora en el cobro.
Para ello, se ha procedido a un reajuste de anualidades, ya que estaban presupuestados 5.000 euros para el año 2017 y 70.000 euros para 2018, autorizando ahora que el gasto de 75.000 euros sea en 2019.
Además, se han convalidado las actuaciones efectuadas por el contratista sin haberse llevado a cabo el reajuste de anualidades, correspondientes a cinco facturas entre diciembre de 2018 y abril de este año, que ascienden a cerca de 2.000 euros, según el acta de la Junta de Gobierno local al que ha tenido acceso EPG.
El pasado mes de mayo, el Ayuntamiento rechazó la suspensión del contrato de Respiro Familiar al no haber transcurrido el plazo de cuatro meses de demora en el pago por lo que, en el caso de que la empresa iniciara la suspensión, se llevarían a cabo las acciones oportunas para la exigencia de responsabilidades.
El Ayuntamiento adjudicó el pasado verano este servicio que ofrece las funciones de vigilancia, acompañamiento y atención personal básica a personas dependientes.
El objetivo es ofrecer apoyo a la movilidad dentro del hogar, apoyo a la higiene y cuidado personal, así como apoyo en la comida si es necesario, facilitando la permanencia en el entorno familiar de la persona dependiente o con discapacidad intelectual.
Este servicio consiste en una bolsa anual de horas a cada familia, durante el fin de semana, ofreciéndose los viernes de 15 a 21 horas, y los sábados y domingos de 9 a 21 horas.
Las distintas modalidades que se ofrecen son la mensual, disponiendo la familia de 36 a 48 horas anuales que se utilizarán una vez al mes, en bloques de 3 a 4 horas, aunque también pueden optar al respiro quincenal, donde existe una bolsa de 72 a 96 horas anuales, que se utilizarán una vez cada 15 días, en bloques de 3 o 4 horas.
Por último, pueden optar al respiro puntual-extraordinario, con un máximo de 16 horas anuales, con una duración máxima de 8 horas, en este caso, cualquier día de la semana, para la asistencia a acontecimientos sociales o familiares.