El Ayuntamiento aprueba una subida salarial del 2,25% para el personal municipal
Según el Real Decreto, la prórroga automática de los Presupuestos Generales del Estado para el año 2018, en aplicación de la previsión contenida en el artículo 134.4 de la Constitución, “lleva aparejada la imposibilidad de hacer efectivo el incremento de las retribuciones del personal al servicio del sector público con efectos desde el 1 de enero de 2019”.
Asimismo, teniendo en cuenta que el contenido del artículo 18 de la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2018 tiene el carácter de norma básica aplicable a todas las Administraciones públicas, si la misma no sufriera modificación, a partir del 1 de enero de 2019 se congelarían las retribuciones de todos los empleados del sector público autonómico y local, “sin que existan razones de política económica que justifiquen dicha situación”.
A ello se suma la necesidad de que las administraciones autonómicas y locales puedan trasladar en tiempo y forma a su propia normativa presupuestaria los criterios de incremento retributivo para el ejercicio 2019, máxime si se tienen en cuenta las próximas convocatorias electorales que tendrán lugar en el ámbito autonómico y local el próximo mes de mayo. “La disolución y constitución de los nuevos órganos legislativos competentes para aprobar sus presupuestos podría suponer que el incremento retributivo no pudiera aplicarse en este ejercicio”.
El Gobierno local ya aprobó el pasado mes de diciembre otra subida del 1,75% para los empleados municipales, con efectos desde el 1 de enero de 2018, previsto en la ley de Presupuestos Generales del Estado de 2018
La Junta de Gobierno Local ha aprobado adecuar las retribuciones del personal del Ayuntamiento al Real Decreto Ley 24/2018, de 21 de diciembre, por el que se aplicará un incremento del 2,25% con efectos de 1 de enero de 2019 a los trabajadores municipales.
Según el Real Decreto, la prórroga automática de los Presupuestos Generales del Estado para el año 2018, en aplicación de la previsión contenida en el artículo 134.4 de la Constitución, “lleva aparejada la imposibilidad de hacer efectivo el incremento de las retribuciones del personal al servicio del sector público con efectos desde el 1 de enero de 2019”.
Asimismo, teniendo en cuenta que el contenido del artículo 18 de la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2018 tiene el carácter de norma básica aplicable a todas las Administraciones públicas, si la misma no sufriera modificación, a partir del 1 de enero de 2019 se congelarían las retribuciones de todos los empleados del sector público autonómico y local, “sin que existan razones de política económica que justifiquen dicha situación”.
A ello se suma la necesidad de que las administraciones autonómicas y locales puedan trasladar en tiempo y forma a su propia normativa presupuestaria los criterios de incremento retributivo para el ejercicio 2019, máxime si se tienen en cuenta las próximas convocatorias electorales que tendrán lugar en el ámbito autonómico y local el próximo mes de mayo. “La disolución y constitución de los nuevos órganos legislativos competentes para aprobar sus presupuestos podría suponer que el incremento retributivo no pudiera aplicarse en este ejercicio”.
El Gobierno local ya aprobó el pasado mes de diciembre otra subida del 1,75% para los empleados municipales, con efectos desde el 1 de enero de 2018, previsto en la ley de Presupuestos Generales del Estado de 2018