El Ayuntamiento hace efectiva la sentencia del pago de una factura de 88.865 euros que fue rechazada en el Pleno
También ha reconocido el pago de los intereses moratorios que ascienden a 9.545 euros, después de que el Juzgado estimase parcialmente el recurso interpuesto por la empresa contra el acuerdo del Pleno del 7 de junio de 2017 en el que se denegó el pago de la factura, como adelantó EPG hace seis meses.
La sentencia, que no era firme y contra la que cabía interponer recurso de apelación, se dio a conocer en una Junta de Gobierno local del pasado mes de abril, ya que la empresa interpuso en noviembre de 2017 un recurso contencioso administrativo contra el Ayuntamiento tras haber rechazado el Pleno por dos veces el pago de la factura por el servicio de iluminación y sonido del Teatro García Lorca.
El Gobierno municipal no logró la aprobación del pago de la factura al contar con los votos en contra de PP, Ahora Getafe y la concejala no adscrita, así como la abstención de Cs.
Ahora Getafe justificó su rechazo porque se trataba del pago de una factura “sin contrato, correspondiente a trabajos realizados por la empresa Enter Sonido S.L. que se llevaron a cabo sin cobertura contractual, a través de una contratación verbal realizada desde la Delegación de Cultura, algo totalmente prohibido por la ley para la Administración Local”.
MALA PRÁCTICA
Según Ahora Getafe, “es importante destacar que este tipo de actuaciones no sólo es una mala práctica, sino que puede llegar a suponer responsabilidades penales”, al tiempo que recordaron que tras la finalización del contrato anterior y de haber agotado todas las prórrogas permitidas por la ley, “ni siquiera se había iniciado el proceso de licitación y adjudicación de un nuevo contrato”.
Asimismo, señalaron que se ha pretendido que el Pleno “autorice sus actuaciones fuera de la ley a través de reconocimientos extrajudiciales de crédito, aun sabiendo que esta fórmula está prevista únicamente de manera excepcional y con la debida justificación”.
Sin embargo, la concejala de Cultura, Raquel Alcázar, manifestó que “no es cierto” que actualmente no haya un contrato para los trabajos que se están realizando de este servicio, “que están justificados y finalizados”.
“La empresa tiene que cobrar y las costas las vamos a pagar porque ustedes votaron en contra de este reconocimiento extrajudicial de crédito, por lo que han denunciado al Ayuntamiento porque el Pleno no aprobó una factura de un trabajo realizado”, indicó Alcázar en respuesta a la portavoz de Ahora Getafe durante el Pleno municipal en el que se aprobó la personación de los abogados municipales en este procedimiento.
La Junta de Gobierno local de Getafe ha acordado hacer efectiva una sentencia del pasado mes de abril, dictada por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 9 de Madrid, que condena al Ayuntamiento a pagar una factura de 88.865 euros a la empresa Enter Sonido, S.L, que fue rechazada dos veces en el Pleno municipal.
También ha reconocido el pago de los intereses moratorios que ascienden a 9.545 euros, después de que el Juzgado estimase parcialmente el recurso interpuesto por la empresa contra el acuerdo del Pleno del 7 de junio de 2017 en el que se denegó el pago de la factura, como adelantó EPG hace seis meses.
La sentencia, que no era firme y contra la que cabía interponer recurso de apelación, se dio a conocer en una Junta de Gobierno local del pasado mes de abril, ya que la empresa interpuso en noviembre de 2017 un recurso contencioso administrativo contra el Ayuntamiento tras haber rechazado el Pleno por dos veces el pago de la factura por el servicio de iluminación y sonido del Teatro García Lorca.
El Gobierno municipal no logró la aprobación del pago de la factura al contar con los votos en contra de PP, Ahora Getafe y la concejala no adscrita, así como la abstención de Cs.
Ahora Getafe justificó su rechazo porque se trataba del pago de una factura “sin contrato, correspondiente a trabajos realizados por la empresa Enter Sonido S.L. que se llevaron a cabo sin cobertura contractual, a través de una contratación verbal realizada desde la Delegación de Cultura, algo totalmente prohibido por la ley para la Administración Local”.
MALA PRÁCTICA
Según Ahora Getafe, “es importante destacar que este tipo de actuaciones no sólo es una mala práctica, sino que puede llegar a suponer responsabilidades penales”, al tiempo que recordaron que tras la finalización del contrato anterior y de haber agotado todas las prórrogas permitidas por la ley, “ni siquiera se había iniciado el proceso de licitación y adjudicación de un nuevo contrato”.
Asimismo, señalaron que se ha pretendido que el Pleno “autorice sus actuaciones fuera de la ley a través de reconocimientos extrajudiciales de crédito, aun sabiendo que esta fórmula está prevista únicamente de manera excepcional y con la debida justificación”.
Sin embargo, la concejala de Cultura, Raquel Alcázar, manifestó que “no es cierto” que actualmente no haya un contrato para los trabajos que se están realizando de este servicio, “que están justificados y finalizados”.
“La empresa tiene que cobrar y las costas las vamos a pagar porque ustedes votaron en contra de este reconocimiento extrajudicial de crédito, por lo que han denunciado al Ayuntamiento porque el Pleno no aprobó una factura de un trabajo realizado”, indicó Alcázar en respuesta a la portavoz de Ahora Getafe durante el Pleno municipal en el que se aprobó la personación de los abogados municipales en este procedimiento.