Aprobada una instrucción de Alcaldía para utilizar el procedimiento abierto en las adjudicaciones
De esta forma, las unidades administrativas usarán este procedimiento abierto para la adjudicación de los contratos en su ámbito competencial, mientras que la utilización del procedimiento negociado, en función del valor estimado del contrato, requerirá motivación.
Asimismo, se ha acordado que esta instrucción se traslade a todas las unidades administrativas municipales a través de la Intranet y para general conocimiento se publicará en la sede electrónica.
El artículo 138 del Texto Refundido de la ley de Contratos del Sector Público, aprobado por RDL 3/2011 de 14 de noviembre, establece que la adjudicación de los contratos se realizará ordinariamente utilizando el procedimiento abierto o el restringido.
No obstante, si en el procedimiento abierto todos los interesados pueden presentar sus ofertas, en el restringido solo lo pueden hacer los que hayan sido previamente seleccionados por el órgano de contratación.
Por su parte, en el procedimiento negociado, el adjudicatario es elegido por la Administración, previa consulta y negociación de los términos del contrato con uno o varios empresarios, por lo que es muy importante justificar su aplicación para evitar una utilización fraudulenta.
La Junta de Gobierno local de Getafe ha aprobado una instrucción de la alcaldesa Sara Hernández, en relación con la adjudicación de contratos del Ayuntamiento, para que se utilice de forma ordinaria el procedimiento abierto.
Asimismo, se ha acordado que esta instrucción se traslade a todas las unidades administrativas municipales a través de la Intranet y para general conocimiento se publicará en la sede electrónica.
No obstante, si en el procedimiento abierto todos los interesados pueden presentar sus ofertas, en el restringido solo lo pueden hacer los que hayan sido previamente seleccionados por el órgano de contratación.