La Audiencia Provincial rebaja de 540 a 60 euros la multa por ocupar una vivienda de una entidad bancaria
De este modo, ha estimado parcialmente el recurso de apelación interpuesto por la mujer contra la sentencia del 10 de junio de 2016 dictada en el juicio por delito leve de usurpación, revocándola en el único sentido de señalar una cuota de multa de 2 euros diarios durante tres meses, en lugar de los seis euros diarios impuestos.
En este sentido, la Audiencia Provincial mantiene todos y cada uno de los demás pronunciamientos de la sentencia apelada, que incluía la restitución de la vivienda a su propietario.
Según la sentencia, “la propia conducta delictiva revela la precariedad económica de quien la ejecuta, pues quien recurre a esta conducta está demostrando que no tiene acceso a una vivienda por los cauces lícitos y habituales y se halla en situación de exclusión social y para esas situaciones ha sido señalado ese límite inferior de la cuota de multa”.
La Audiencia Provincial de Madrid ha rebajado de 540 a 60 euros la multa impuesta a una mujer por el Juzgado de Instrucción número 1 de Getafe por ocupar una vivienda de una entidad bancaria en Getafe durante dos meses.
En este sentido, la Audiencia Provincial mantiene todos y cada uno de los demás pronunciamientos de la sentencia apelada, que incluía la restitución de la vivienda a su propietario.