Declarados procedentes dos de los despidos en la empresa municipal de limpiezas que el PP tildó de “ideológicos”
En una de las sentencias del Juzgado de lo Social nº 38 de Madrid, a la que ha tenido acceso Europa Press, se señala que “de la prueba practicada no se han acreditado por la parte actora la existencia de indicios de vulneración de derechos fundamentales por discriminación ideológica”.
Además, “dicha extinción viene motivada por el sobredimensionamiento de la plantilla que provocaba un aumento considerable del gasto de personal en relación con la actividad desarrollada por la empresa, tanto del punto de vista económico como organizativo, que ha conllevado la extinción del contrato de la trabajadora, la cual no ha desacreditado con su prueba los hechos acreditados por la parte demandada a través de las testificales y del informe económico de la directora financiera de la entidad y de su testimonio en el juicio”.
Asimismo, se indica que “para nada ha quedado acreditado que el despido por parte de la empresa haya sido discriminatorio pues no se ha aportado ningún término de comparación para poder determinar la posible o supuesta existencia de discriminación”.
Igualmente, “la declaración del director de Recursos Humanos, dirigente del Partido Popular en dicha localidad, ha sido concluyente a la hora de manifestar que las razones de la extinción han sido de tipo organizativo y del todo punto objetivas sin que haya habido nada personal en la decisión pues él mismo no lo hubiera consentido”.
En la sentencia se refleja que el hecho de que sigan prestando servicios “en la entidad trabajadores afiliados o simpatizantes del Partido Popular pone de manifiesto que no hay un aspecto tendencioso en la decisión, pues ha quedado acreditado que no todos los despedidos tenían relación directa o indirecta con el Partido Popular y muchas de las reclamaciones han terminado en conciliación en las que los propios trabajadores han reconocido la inexistencia de vulneración de derechos fundamentales en la decisión de la extinción”.
Por su parte, desde el Partido Popular de Getafe ha asegurado que el Gobierno municipal “ha tenido que pagar en torno a 50.000 euros en indemnizaciones por despidos en la empresa municipal de limpieza contra trabajadores que habían mostrado simpatías por el PP”.
Además, han recordado que alrededor de una quincena de trabajadores denunciaron en los tribunales “que sus despidos de la empresa municipal obedecían a cuestiones ideológicas”.
Dos sentencias han declarado procedentes dos de los despidos que se produjeron en la empresa municipal de limpiezas de Getafe (LYMA) al principio de la legislatura y que fueron calificados por el PP como “ideológicos”.
En una de las sentencias del Juzgado de lo Social nº 38 de Madrid, a la que ha tenido acceso Europa Press, se señala que “de la prueba practicada no se han acreditado por la parte actora la existencia de indicios de vulneración de derechos fundamentales por discriminación ideológica”.
Asimismo, se indica que “para nada ha quedado acreditado que el despido por parte de la empresa haya sido discriminatorio pues no se ha aportado ningún término de comparación para poder determinar la posible o supuesta existencia de discriminación”.
En la sentencia se refleja que el hecho de que sigan prestando servicios “en la entidad trabajadores afiliados o simpatizantes del Partido Popular pone de manifiesto que no hay un aspecto tendencioso en la decisión, pues ha quedado acreditado que no todos los despedidos tenían relación directa o indirecta con el Partido Popular y muchas de las reclamaciones han terminado en conciliación en las que los propios trabajadores han reconocido la inexistencia de vulneración de derechos fundamentales en la decisión de la extinción”.
Además, han recordado que alrededor de una quincena de trabajadores denunciaron en los tribunales “que sus despidos de la empresa municipal obedecían a cuestiones ideológicas”.