Entra en vigor la nueva ordenanza que regula la adjudicación de viviendas municipales a desahuciados
Álex Castellano
La nueva ordenanza que regula la adjudicación de viviendas municipales de Getafe a familias desahuciadas y en situación de emergencia social ha entrado en vigor tras publicarse su texto íntegro este fin de semana en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, una vez que no se han presentado reclamaciones ni sugerencias durante el trámite de información pública.
El objetivo de esta ordenanza, que se aprobó inicialmente en el Pleno municipal de Getafe el pasado 11 de junio, es regular el procedimiento de adjudicación y utilización de las viviendas municipales disponibles para garantizar el acceso a las mismas por las familias más necesitadas.
El alojamiento tendrá un carácter temporal que permita la rotación de las viviendas, por lo que el periodo inicial de ocupación será de un año, pudiéndose prorrogar por periodos iguales a propuesta de los Servicios Sociales municipales hasta un máximo de cuatro años.
Los requisitos para acceder a este programa son ser mayor de edad, estar empadronado al menos durante un año en el municipio, no tener otra propiedad en pleno dominio, o tener menos del 50 por ciento, y no estar inmerso en un proceso judicial de ejecución hipotecaria o de alquiler.
Asimismo, en la ordenanza se contempla la posibilidad de realojar a cualquier vecino del municipio que tenga una necesidad habitacional aunque cumpliendo unos requisitos económicos como no superar la unidad familiar unos rendimientos o ingresos mensuales superiores a 3 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) en cómputo anual prorrateado a doce meses, así como no poseer un patrimonio mobiliario de valor superior a 1,5 veces la cuantía del IPREM anual.
De forma general, la puesta a disposición de las viviendas conllevará un canon mensual del 30 por ciento de los ingresos mensuales familiares, incluidos los gastos de la comunidad de vecinos.
No obstante, los Servicios Sociales municipales podrán proponer un canon inferior a dicho porcentaje, incluso la gratuidad de la vivienda, cuando las circunstancias socioeconómicas no permitan hacer frente a dicho pago sin menoscabo de las necesidades básicas de la familia.
El protocolo de actuación establece que en el momento en que estén disponibles viviendas de la unidad administrativa de patrimonio se comunicará a los Servicios Sociales municipales y se elevará a la Junta de Gobierno la propuesta del inicio de procedimiento de adjudicación de las mismas.